Informes económicos
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/2007:
8. Los partidos políticos deberán publicar en su página web, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de envío al Tribunal de Cuentas, el balance, la cuenta de resultados y en particular: la cuantía de los créditos pendientes de amortización, con especificación de la entidad concedente, el importe otorgado, el tipo de interés y el plazo de amortización, las subvenciones recibidas y las donaciones y legados de importe superior a 25.000 euros con referencia concreta a la identidad del donante o legatario, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.5 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
9. Los partidos políticos, una vez emitido por el Tribunal de Cuentas el informe de fiscalización correspondiente a un determinado ejercicio, deberán hacerlo público a través de su página web en un plazo máximo de 15 días.
Art. 14 de la Ley Orgánica 8/2007
A continuación se muestran los informes de Adelante Valladolid previamente enviados al Tribunal de Cuentas y los informes de fiscalización correspondientes:
Cuentas 2024
Enlace al documento con las cuentas anuales tras el final del ejercicio y el envío al Tribunal de Cuentas.
Estatutos
De acuerdo con el artículo 3.3 de la Ley Orgánica 6/2002:
Los partidos deberán comunicar al Registro cualquier modificación de sus estatutos y de la composición de sus órganos de gobierno y representación en el plazo máximo de tres meses desde dicha modificación y, en todo caso, durante el primer trimestre de cada año. Deberán además, publicarlos en su página web.
Art. 3.3 de la Ley Orgánica 6/2002
A continuación se presentan los estatutos y sus modificaciones:
Enlace a los estatutos (1 de diciembre de 2023).